Hipoteca cancelada ¿de verdad?

Cuando pediste tu hipoteca tenías esa mezcla de alegría y de miedo. Alegría porque tendrías aquella vivienda que deseabas y miedo por las obligaciones de pago a las que te comprometías.

Es posible que no pudieras imaginar tu vida sin hipoteca jajaja… aunque cuando firmaste ya sabías la duración del préstamo.

Ha llegado ese último pago en la fecha límite o  has avanzado tus pagos y por fin has pagado tu último recibo. Buen motivo para celebrarlo ¿verdad?

No creas que este es el final, ¿tienes la hipoteca cancelada?

Hasta que no canceles registralmente la hipoteca, tu vivienda seguirá apareciendo con esa carga hipotecaria durante 20 años, y si además decides vender o pedir otro préstamo, ahí saldrá tu famosa hipoteca. Esa que tú pensabas desaparecida al pagar el último recibo.

Te interesa hacer la cancelación registral para que la vivienda quede libre de cargas y evitar problemas con los compradores.

  • ¿Qué tienes que hacer? Enterrarla, y si piensas vender o comprar con crédito/préstamo/hipoteca entonces, cancela cuanto antes.
  • ¿Por qué cuánto antes? Las fusiones y desapariciones de entidades bancarias nos han dado más de un susto a la hora de solicitar el certificado de deuda cancelada.
  • ¿Y si ya no existe la entidad con la que contraté la hipoteca? Has de averiguar qué entidad bancaria absorbió su actividad. Por ejemplo, si la hipoteca era de Caixa de Cataluña, debes acudir al BBVA para que se encargue de tramitar la escritura de cancelación.
  • Entonces ¿qué debo hacer una vez pagado el último recibo de mi hipoteca? Leer más AQUÍ.

Es una gestión que puedes hacer tú directamente, o solicitar a tu entidad bancaria o a un gestor.

El proceso de cancelación de la hipoteca es el siguiente:

  1. El primer paso es solicitar a la entidad bancaria donde tienes la hipoteca un certificado de saldo de deuda cero que justifique que la hipoteca está liquidada (coste 0 euros).
  2. Después, en la Notaría, se realiza la escritura de cancelación de la hipoteca en la que firma el interventor de tu entidad bancaria reconociendo que la deuda está cancelada. El coste de la escritura depende del importe de la hipoteca (entre 90 y 250 euros)
  3. En la agencia tributaria el pago del ITP (0 euros), solo pagas el impreso modelo 600 y la gestión.
  4. El último paso se realiza en el Registro de la Propiedad donde debes ir con la escritura y el justificante del Impuesto de Actos Jurídicos Documentados y hacer el levantamiento de la hipoteca.

¿Y en caso de divorcio es el mismo procedimiento? Sí, aunque hay un proceso previo que te contamos AQUÍ.