Hay momentos en la vida que llegan como el último acorde de una canción que te ha acompañado por un tiempo. La entrega de llaves de una vivienda alquilada , ese acto. No importa si te vas por decisión propia (desistimiento), porque el contrato ha llegado a su fin (no renovación del contrato) o porque el propietario necesita el inmueble: este acto, sencillo pero simbólico, Aquí te lo contamos con claridad, pero también con un poco de alma, porque todo final merece ser significativo.

Esta situación, vivida desde ambos lados.

Hemos estado en ambos lados de esta historia. Hemos sido inquilinos y propietarios, y en otras ocasiones representantes de la propiedad/arrendadores.

Por eso sabemos que la entrega de llaves es tan importante como la entrada. Este cierre debe ser un acto ordenado, respetuoso

  • Como inquilino, disfrutaste de un hogar por un tiempo.
  • Como propietario, obtuviste un rendimiento económico.

Cerrarlo bien no solo deja un buen recuerdo, sino que es una oportunidad para reflexionar y aprender para el futuro. Como decía Warren Buffett: «Reflexioné sobre lo que había funcionado particularmente bien o no, lo que había aprendido y lo que esperaba realizar en el futuro» .

¿Por dónde empezar?

Todo comienza con una llamada, un correo o un mensaje. Esa comunicación formal en la que indicas, o te indican, que el contrato va a terminar.

Si eres inquilino, recuerda hacerlo con el tiempo suficiente, como lo establece el contrato, la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) y el Código Civil.

Si eres propietario, lo mismo: comunícate en tiempo y forma para evitar malentendidos.

Y no olvides lo esencial: concreta una cita en el inmueble, en horario laboral, para que ambas partes puedan revisar la vivienda y firmarlo.

Dejando las cosas como estaban… o mejor. Dicen que la manera en que cierras una etapa dice mucho de ti .

Agrupa las facturas de suministros (agua, luz, gas) y el comprobante de haberlas pagado.

Organiza todas las llaves para entregarlas en el momento en el que se citan las partes en la vivienda.

El día acordado, tanto inquilino como propietario deben firmar el documento de resolución de contrato con la entrega de posesión y llaves. Ese papel, más importante de lo que parece, debe incluir:

Fechas: El día en el que ambas partes suscribieron el contrato de alquiler, y el día en el que se da por finalizado, con efecto desde la firma del acuerdo de terminación.

Estado del inmueble:Revisando conjuntamente el inmueble y el inventario que suele ir anexo al contrato de alquiler, y anotando en el documento si no hay desperfectos, y si los hay anotando cuales. A ser posible con fotografías.

Estado de cuentas:Liquidación de las obligaciones, en cuanto al estado de cuentas entre las partes, referente al pago de las rentas de alquiler, suministros*, recibos de comunidad, IBI, etc…lo que se hubiera pactado por contrato.

La promesa: Definir si se devuelve la fianza en su totalidad o si se usará para cubrir reparaciones o deudas.

*Ah, y un detalle crucial: no des de baja los suministros Si al inquilino se le entregó la vivienda con los suministros de alta y al finalizar los da de baja, dar el alta de nuevo conlleva un coste importante (de unos 200€ por suministradora, dependiendo de la compañía y los suministros contratados).

¿En qué momento se puede finalizar un contrato de alquiler?

Antes, durante y después.

Antes de la fecha prevista, durante la vigencia del contrato… siempre habrá que tener en cuenta las posibles indemnizaciones que corresponden a cada parte.

Después de la fecha prevista por las partes para la finalización del contrato. Es decir, cuando el contrato está en prórrogas o en tacita reconducción (los tres años adicionales de prórroga tácita que permite la LAU)

¿..y si el inquilino no entrega de llaves?

Si el inquilino no firma el documento de resolución de contrato y no devuelve las llaves de forma fehaciente, o las deja en cualquier lugar, el arrendador podrá reclamarle rentas de alquiler, incluso aunque el contrato hubiere llegado a su fin.

El arrendador interpondrá una demanda de resolución de contrato y será el juez el que ordene la recuperación de la posesión de la vivienda y las deudas pendientes.

De este tema hemos hablado en otras ocasiones y te dejo los enlaces:

Reflexión final: cerrar bien para comenzar mejor .

Como dijo Warren Buffett, «reflexiona sobre lo que funcionó y aprende para el futuro» .

Espero haberte ayudado a ver…

  • Si comenzar el alquiler no fue un problema, terminarlo tampoco debería serlo.
  • No es necesario complicar
  • El sentido común siempre es la mejor guía.
  • Deja todo tal como te gusta

¿Y tú cómo lo ves?